Trámites para una Boda Civil

Trámites para una boda civil

Para quienes estén pensando en casarse por lo civil, os vamos a explicar los trámites, requisitos y documentos necesarios para celebrar un matrimonio civil, de forma sencilla y resumida.

Quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente, en expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en este Código.

Por tanto, el primer paso es acudir al Registro Civil del lugar donde resides para iniciar el expediente oportuno. Es necesaria la siguiente documentación:

  1. Fotocopia de los DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos contrayentes.
  2. Certificado literal de la inscripción de nacimiento de los contrayentes, expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento (Caduca a los 3 meses).
  3. Certificado de empadronamiento o residencia, que se obtiene en el Ayuntamiento o Junta de Distrito correspondiente del municipio donde hayas residido los dos últimos años (caduca a los tres meses).
  4. Declaración jurada respecto al estado civil de los contrayentes, cuyo formulario se contiene en la instancia que has de cumplimentar en el Registro Civil.
  5. Instancia de Registro Civil, una sola para los dos contrayentes.





✅ Requisitos para una boda civil en otros casos especiales

Hay casos especiales según el estado civil de alguno de los contrayentes, en los que los requisitos para casarse por lo civil, además de lo ya citado también deberán aportar los siguientes documentos:

 

✝ Viudos / Viudas

  • Certificado literal del matrimonio anterior que expide el Registro Civil.
  • Certificado literal de defunción del cónyuge anterior.

 

💔 Divorciados / Divorciadas

  • Certificado literal del matrimonio anterior con anotación marginal de divorcio.
  • Si ésta no hubiera sido practicada será necesario un testimonio de la sentencia con declaración de firmeza, que expedirá el Juzgado en el que se tramitó el mismo.




✈️ Extranjeros / Extranjeras

  • Cuando uno reside en el extranjero, en el consulado del país donde resida tendrá que pedir una declaración de soltería y de nacionalidad española.
  • Si ambos contrayentes son extranjeros, podrán celebrar el matrimonio en España según nuestra legislación o cumpliendo lo establecido por la ley personal de cualquiera de ellos.

 

Una vez que se reúne la documentación señalada, los contrayentes deberán comparecer con un testigo en el Registro Civil del lugar de residencia (mayor de edad, que no sea familiar) .En este acto, se inicia el expediente, se le une la documentación aportada y se les da a los contrayentes nuevamente cita para volver al Registro Civil y retirar el auto favorable o no a la celebración, que se llevará a cabo en cuanto lo permitan las necesidades del servicio. Todos los trámites del expediente ante el Registro Civil duran entre 30 y 50 días.

La ceremonia civil puede celebrarse el propio Registro Civil o en Ayuntamiento o Juntas de Distrito Municipales. Este extremo se ha de señalar en el expediente.

En el caso de que el lugar elegido para celebrar el matrimonio sea el Ayuntamiento o una Junta de Distrito, deberás contactar con el Alcalde o Concejal delegado que deseas que oficie el matrimonio, llevar el auto favorable a la celebración y solicitar fecha hábil en el lugar elegido para celebrar la boda.



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27 Comentarios

  1. Tatiana dice:

    Nos casamos 31/12/2017 tati y Mari

  2. Sarai dice:

    Que dias y horarios tienen en el juzgado para casar???

    1. Bodasturias dice:

      Hola Sarai,
      Este artículo ofrece información general sobre lo que necesitas para casarte en un juzgado, pero no la información de ninguno en concreto. ¿De qué localidad te interesaría? Podemos intentar ayudarte a localizarlo 😉

  3. Joaquina dice:

    Buenas, además del papeleo para una boda civil, me piden 2 amigos y un familiar, mi pregunta es.. : los dos amigos pueden ser cuñad@s por no ser familiares directos? Gracias

    1. Bodasturias dice:

      Hola Joaquina:

      Lo primero darte las gracias por tu comentario.

      El requisito de que no sea familiar es relativo ya que depende del Registro y del Ayuntamiento en el que vayas a gestionar tu expediente, por lo que esta duda, sólo la podrás resolver preguntando personalmente allí.
      Nuestro consejo es que sea una persona cercana a los novios ya que su función será dar fe de que ninguno de los contrayentes se presenta al matrimonio coaccionado o en contra de su voluntad.

      Esperamos que te sirva de ayuda.

      Desde Bodasturias, ¡Os deseamos mucha felicidad para el gran día!

  4. Hola que pasa si los dos estamos empadronados en distintas partes? Que sería el en Marbella y yo en Asrurias hay algún problema con eso a la hora de la solicitud en el registro civil

    1. Bodasturias dice:

      Hola!
      No hay ningún problema. Para hacer todo el papeleo, debes acudir al registro civil donde uno de los esté empadronado, desde allí os lo tramitarán todo y os lo enviarán al sitio donde os caséis. Muchas gracias por tu comentario y te enviamos nuestros mejores deseos!

  5. Maria del Pilar Fernández Menéndez dice:

    ComentarEmpadronados en Navarra, mi sueño es casarme por lo civil en Asturias pues nací allí. El mi certificado integral de de inscripción de nacimiento puedo pedirlo yo, y el dei pareja aunque lleva en Navarra casi un año empadronado puede pedirlo también (pues es de Asturias). Por empadronamiento no hay problema. Lo llevamos conjunto o separado?Y lo demás ya lo rellenaremos en el registro civil. Mi pregunta es… cuanto tiempo para hasta que te dan fe ha para casarte civilmente por el juzgado?
    Atentament
    Pilar

    1. Bodasturias dice:

      Hola, respecto a los documentos los podéis llevar conjuntamente pero cada documento independiente. Respecto al tiempo puede variar de un registri civil a otro, te recomendamos que contactes con el tuyo en concreto para que te confirmen. Gracias

  6. Ezequiel dice:

    Hola, mi novia es española y yo extranjero, nos mudamos a Asturias en 2 meses, es necesario contar con una dirección de empadronamiento de 2 años? porque si así fuera, sería imposible ya que a los 3 meses ya se me vencería el plazo como turista. Me podrían confirmar esto?
    Gracias
    Saludos

    1. Bodasturias dice:

      Hola, es una situación un poco particular ante la que no estamos seguros de poder darte una respuesta fiable. Lo mejor es que contactes con el registro civil de la localidad donde te vayas a instalar o celebrar la boda, para que te lo confirmen. Gracias!

  7. Damian dice:

    Si mi pareja vive en usa y yo en Asturias, sería posible casarnos aquí?

    1. Bodasturias dice:

      Muchas gracias por tu comentario. Sí, siempre que tu pareja esté presente físicamente aquí el día de la celebración y tenga toda la documentación en regla. Un saludo

  8. Iván dice:

    Hola buenas tardes,
    Si la situación lo permite mi pareja y yo nos casamos en Asturias en septiembre. Yo soy de Madrid y ella es de allí pero está empadronada aquí, desde hace varios meses me he puesto en contacto con varios juzgados y con la comunidad de Madrid y lo que me dicen no es lo que necesito. Según nos dijeron en Asturias sólo necesitábamos los papeles y según he visto en este blog los tengo todos menos el certificado literal de nacimiento y la instancia del registro civil, sabes dónde se puede conseguir exactamente? Según veo este blog es bastante completo. Te lo agradecería en el alma porque no han parado de marearnos.
    Muchísimas gracias!!!

    1. Bodasturias dice:

      Muchas gracias por tu consulta Ivan.

      – Sobre el certificado de nacimiento lo puedes pedir en el registro civil del lugar de nacimiento de cada uno de vosotros.

      – Sobre la instancia del registro civil no te preocupes, se trata de una copia acreditativa que se entrega a cada uno de los contrayentes días antes de la celebración ya que tendréis
      que presentaros en el juzgado.

      De todos modos en el ayuntamiento o juzgado en el que llevéis a cabo vuestra celebración, te informaran de todos los papeles y te lo pondrán todo muy fácil.

      Esperamos que disfrutéis vuestro día.

      Os enviamos nuestros mejores deseos.

  9. Mariana dice:

    Hola, mi novia es Argentina y yo español, llevamos empadronados 2 meses en Gijón, mi novia anteriormente no estuvo empadronada en ningún municipio de España. Hemos alquilado un piso y tenemos intención de casarnos, pero no reunimos el requisito de estar 2 años empadronados. Esto sería un inconveniente?

    1. Bodasturias dice:

      Hola Mariana
      Es cierto que muchos son los Registros Civiles que solicitan que tanto el ciudadano extranjero como el ciudadano español aporten un certificado de empadronamiento de los dos últimos años en nuestro país, pero no es un requisito establecido como tal en la normativa por lo que no deberías tener problema. De todas forma lo ideal es que lo consultes en el registro civil de tu ciudad y allí te pondrán al día de todos los trámites.
      un saludo!

  10. Hola, con respecto a Estar mínimo empadronado los 2 últimos años es obligatorio ? Porque soy extranjera y recién me empadrone junto a mi pareja y por otro lado con respecto al certificado literal de nacimiento no lo tengo apostillado si me valdría ? Ya que por situación país no puedo sacarla aún. Sin nada más que agregar, espero su pronta y positiva respuesta, gracias

    1. Bodasturias dice:

      Gracias por su pregunta, lo idea es que se ponga en contacto con el registro civil de su ciudad ya que seguro estarán encantados de consultar sus dudas, de todas formas si en su país de nacimiento se expiden documentos en otro idioma que no sea castellano, además de los sellos de la apostilla, deberá ser traducido por un traductor jurado al castellano. Este trámite se puede aquí en España, es rápido y no muy costoso. Sobre los 2 años de empadronamiento, cada Comunidad tiene sus propios criterios aunque por lo general son dos años 😉

  11. Mi novio y yo queremos casarnos en Asturias, los dos vivimos en Madrid, ambos somos extranjeros, para el tema del papeleo abría que estar tiempo antes en Asturias o desde aquí de Madrid se pueden hacer los trámites?

    1. Bodasturias dice:

      Hola Sara,
      Seguramente lo podáis tramitar desde el registro civil de Madrid, pero en algún momento tendréis que poneros en contacto con el registro civil de Asturias para comprobar que todo está correcto
      un saludo

  12. Francis dice:

    En cuanto al testigo que acuda al Registro Civil para iniciar el expediente matrimonial, ¿debe ser uno de los dos que participe después en la celebración de la boda en el Ayuntamiento? ¿O podría haber un testigo para el inicio del expediente y otros dos distintos para la celebración en el Ayuntamiento? Vivimos en Gijón y estamos empadronados aquí desde hace años, pero nuestra familia es de fuera. Gracias de antemano

    1. Bodasturias dice:

      Buenos días Francis,
      Sí la idea es que sea la misma persona, pero en la ceremonia civil también podrían firmar más personas si así lo deseáis
      Un saludo

  13. Piscis dice:

    Hola, mi pareja (gallego) y yo (asturiana) querríamos casarnos en Asturias. Ambos estamos censados en Galicia, donde vivimos desde hace muchos años. Estamos un poco perdidos con este asunto, pero entiendo que mientras presentemos todos los papeles obligatorios, no habría problema, ¿no? También querríamos que los testigos fueran mis padres, que son familia directa, y no acabo de entender si además tendría que haber alguien de fuera de la familia…

    1. Bodasturias dice:

      Muchas gracias por tu consulta, en función del tipo de boda civil o católica, debes ponerte en contacto con el registro civil o la iglesia respectivamente para que te informen sobre los papeles necesarios. Sobre los testigos puede haber familia directa pero se recomienda que al menos una persona no guarde parentesco con los novios.

  14. Noemí Gutiérrez dice:

    Mi pregunta es mi pareja es Colombiana y queremos casarnos en Asturias necesito saber qué papeles se necesitan para contraer matrimonio aquí en españa

    1. Bodasturias dice:

      Dependiendo del tipo de boda los papeles necesarios pueden variar. Lo ideal es que te pongas en contacto con el resgistro civil o el párroco del concejo
      donde queréis celebrar el enlace y allí te informaran de todos los promenos. Muchas gracias por tu consulta!

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